Ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora

El Decreto 89/2021, de 21 de julio, establece las bases reguladoras de las ayudas de impulso de la internacionalización y transformación digital de la empresa extremeña exportadora y aprueba la primera convocatoria de las mismas.

 

  • Solicitud rellenable

El plazo de presentación de solicitudes: desde el 11 de agosto de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.

-       Línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña: ANEXO I A

-       Línea de transformación digital de la empresa exportadora (regular): ANEXO I B

-       Solicitud de liquidación: ANEXO II

 

  • Objeto de la ayuda

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de dos líneas de ayudas destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña; la línea dirigida a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades exportadoras, y la línea de ayuda dirigida a impulsar su transformación digital en la dirección de los mercados exteriores, mejorando el posicionamiento en el canal digital y facilitando su adaptación a nuevas formas de relación y de interacción con los agentes que operan en ellos, así como realizar la primera convocatoria de ambas.

 

  • Régimen de concesión

Régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta.

 

  • Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También serán beneficiarios las asociaciones empresariales y los consorcios de exportación, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. También podrán ser beneficiarios las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas extremeñas.

Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación, de producción y de servicios, excluidos los de intermediación. Respecto a las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, las actividades deberán ser de representación.

 

  • Intensidad de la ayuda

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles. Para los gastos por participación en ferias comerciales internacionales y para los gastos por servicios de consultoría, las ayudas consistirán en una subvención del 50% de los gastos elegibles.

El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 15.000 euros.

 

  • Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes desde el 11 de agosto de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.

Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaria General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, con arreglo al modelo de los anexos I A y I B.

 

Las personas físicas podrán presentar la solicitud y documentación necesaria, ante cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido en el decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o a través del registro electrónico de documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la web:

 

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

 

Las personas jurídicas deberán presentar la solicitud y documentación necesaria, obligatoriamente a través del registro electrónico de documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la web:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

 

  • Documentación a presentar por los interesados

Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación, en original o fotocopia:

a) Datos identificativos del solicitante:

- Para personas físicas: documento de identificación (Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residencia).

- Para personas jurídicas: Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (NIF), poder del representante legal y documento de identificación del mismo, escritura de constitución de la sociedad y de las modificaciones en la misma que documenten cambios en la composición del capital social de la empresa, así como en el órgano de administración y representación de la sociedad.

- Para las agrupaciones y asociaciones de empresas: Estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente, en su caso, así como poder del representante legal de la agrupación y documento de identificación del mismo. Con respecto a las empresas que forman parte de la agrupación, declaración responsable en la que se indique nombre o razón social, domicilio social y fiscal, código de identificación fiscal (NIF) y alta en el IAE, así como el porcentaje de participación en la sociedad de cada una de ellas.

- En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, debiendo nombrar un representante.

b) Memoria detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y las actividades de internacionalización a emprender, indicando el calendario y fechas previstas de ejecución, así como el país o bloque de países donde se dirigen o se llevaran a cabo cada una de las acciones proyectadas.

c) Presupuestos y facturas proformas emitidos por empresas externas a la que solicita las ayudas.

d) Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal así como de sus obligaciones con la Seguridad Social, y no tener deudas con la Hacienda Autonómica. En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica propia, estas situaciones deberán ser acreditadas también por sus integrantes.

e) Justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable que figura en el modelo de solicitud (Anexo I A y I B).

f) Declaración responsable con la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Publica para el mismo proyecto, en la que se hagan constar además todas las ayudas o subvenciones que hayan sido recibidas por la empresa con carácter de minimis, en los tres ejercicios fiscales anteriores a la presentación de la solicitud, mediante declaración responsable que figura en el modelo de solicitud (Anexos I A y I B).

g) Alta de Terceros de la empresa solicitante Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura, salvo si ya consta en alta en el sistema.

 

Específicamente, en función de la actividad subvencionable, deberá acompañarse la siguiente documentación:

 

1. Para la línea de impulso a la internacionalización de la empresa extremeña:

a) En el caso de las misiones comerciales prospectivas y directas:

- Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo señalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros.

b) En el caso de las misiones comerciales inversas:

- Agenda de misión con detalle de los encuentros comerciales previstos, debiendo señalarse las fechas en las que se van a celebrar cada uno de dichos encuentros.

- Listado de personas y empresas que tienen previsto participar en la misión.

c) En el caso de licitaciones internacionales:

- Copia del anuncio del aviso de licitación a la que se concurre.

- En su caso, agenda de la misión con detalle de las reuniones y tramites a realizar relacionados con la licitación.

 

2. Para la línea de transformación digital de la empresa exportadora:

En el caso de modificación, ampliación y reforma de la página web de la empresa respecto a posicionamiento orgánico SEO internacional:

- Indicación de la página web a modificar, ampliar o reformar.

- Capturas de pantalla de la página web en la situación previa a la modificación, ampliación o reforma.

 

  • Financiación de las ayudas

Las ayudas están cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, conforme al Programa Operativo del FEDER 2014-2020, por lo que todo el proceso de justificación de gastos se hará de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable de estos Fondos. Los beneficiarios están obligados a identificar y visibilizar la participación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el proyecto subvencionado para lo cual serán facilitadas las oportunas instrucciones.

 

  • Personas de contacto

gabriel.gomez@juntaex.es
angeles.lopeztercero@juntaex.es

 

Fuente: http://www.juntaex.es/comercioextremadura/ayudas-impulso-internacionalizacion-y-transformacion-digital

 

ENLACE DEL DECRETO

Contacto

Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz

Tfno.: 924 234 600.Fax: 924 243 853

Avda. Europa, 4 06004 BADAJOZ

camara@camarabadajoz.es | www.camarabadajoz.es

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