IMPLICACIÓN MEDIDA BANCARIA DE ARGELIA EN EL COMERCIO BILATERA

El 8 de junio las autoridades argelinas anunciaron la suspensión del Tratado de amistad, buena vecindad y cooperación, firmada entre España y Argelia en 2002,https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-20616 que no incluye temas comerciales porque la política comercial es una competencia comunitaria. Las relaciones comerciales se rigen por el Acuerdo de Asociación entre la UE y Argelia, que entró en vigor en septiembre de 2005.

 

 

. Ese mismo día la ABEF (Asociación de bancos y establecimientos financieros de Argelia, ver anexo) envió una carta a sus asociados requiriendo la congelación de las domiciliaciones bancarias para el pago de las operaciones de comercio exterior (importación y exportación) con España.

 

· En Argelia todas las operaciones de importación de bienes y servicios exigen domiciliación bancaria. Esto implica abrir una cuenta en un banco para que se pueda hacer el pago en divisas. Sólo se exceptúa a operaciones de importe equivalente a 100.000 dinares (unos 650€) en valor FOB. En la práctica, esto obliga al importador a depositar el importe de la mercancía a importar en el banco, independientemente del medio de pago acordado con el exportador (crédito documentario, remesa documentaria, transferencia bancaria).

 

· En el caso de productos destinados a la venta sin transformación la domiciliación debe hacerse al menos 30 días antes del embarque de la mercancía y por un importe del 120% de la factura. Para el resto de productos importados no existe plazo fijado para la domiciliación bancaria y el importe es del 100%.

 

· La carta se dirige a todos los directores de los bancos y establecimientos financieros argelinos y en ella se solicita que la congelación de las domiciliaciones bancarias que afecten al comercio con España comience a aplicarse a partir del 9 de junio, lo que imposibilitaría las exportaciones desde España a Argelia desde esa fecha. En principio, se podría entender que las domiciliaciones ya hechas con anterioridad a esa fecha no deberían quedar afectadas.

 

· En cualquier caso, las operaciones tienen que pasar necesariamente por el Banco Central, por lo que este último tiene la potestad de bloquear cualquier pago o cobro

 

Esta medida puede imposibilitar las exportaciones desde España a Argelia desde el 9 de junio, por lo que las autoridades de Comercio de España y de la Comisión Europea están trabajando en una respuesta conjunta frente a esta medida discriminatoria contra España.

 

En caso de tener una incidencia, las empresas pueden remitir sus consultas a la Oficina Económica y Comercial en Argel: argel@comercio.mineco.es

 

Nota informativa de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

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